CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Art铆culo 1. Denominaci贸n.
Con la denominaci贸n de Asociaci贸n Iberoamericana de Financiaci贸n Local (AIFIL), 聽se constituye una asociaci贸n al amparo de la Ley Org谩nica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociaci贸n, y normas complementarias, con personalidad jur铆dica y plena capacidad de obrar, careciendo de 谩nimo de lucro.
En todo cuanto no est茅 previsto en los presentes Estatutos se aplicar谩 la citada Ley Org谩nica 1/2002, de 22 de marzo, y las disposiciones complementarias de desarrollo.
聽(La denominaci贸n deber谩 respetar los requisitos y l铆mites previstos en el art铆culo 8 de la LO 1/2002 y en los art铆culos 22 y 23 del Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones, aprobado por RD 949/2015, de 23 de octubre)
Art铆culo 2. Duraci贸n.
Esta Asociaci贸n se constituye por tiempo indefinido.
Art铆culo 3. Fines.
AIFIL es una Asociaci贸n de car谩cter cient铆fico y acad茅mico cuyos fines son:
a) Facilitar y fomentar el estudio, la investigaci贸n, la comunicaci贸n y el intercambio de conocimientos y proyectos en materias de Gesti贸n P煤blica y Financiaci贸n de las Administraciones Locales, con la m谩xima publicidad y transparencia.
b) Promover e incentivar especialmente los estudios y trabajos en estos campos por parte de j贸venes investigadores.
c) Fomentar la difusi贸n de resultados y buenas pr谩cticas en el 谩mbito de las materias citadas.
d) Poner a disposici贸n de los diferentes gobiernos todos los materiales de trabajo generados por la Asociaci贸n a los efectos oportunos.
e) Cooperar con otras organizaciones similares, cualquiera que sea su 谩mbito de actuaci贸n, nacional e internacional.
f) Cualesquiera otros que sean necesarios para la realizaci贸n de los anteriores fines y que vengan autorizados por la legislaci贸n vigente.
Art铆culo 4. Actividades.
Para el cumplimiento de estos fines se realizar谩n las siguientes actividades:
a) Convocatoria y organizaci贸n peri贸dica de Jornadas Iberoamericanas de Financiaci贸n Local, cuyos contenidos combinar谩n la presentaci贸n de dos tipos de trabajos, unos de 铆ndole metodol贸gica e investigadora, y otros de car谩cter m谩s institucional y de buenas pr谩cticas, as铆 como la difusi贸n de sus resultados.
b) Creaci贸n y mantenimiento de un sitio o p谩gina web de informaci贸n y comunicaci贸n entre los miembros de la Asociaci贸n y la sociedad civil en general, incluyendo un repositorio donde se difundir谩n los resultados de todas sus actividades.
c) Convocatoria y organizaci贸n de otros cursos, jornadas, seminarios y conferencias espec铆ficas.
d) Colaboraci贸n con entidades p煤blicas y privadas en la celebraci贸n de congresos, jornadas y seminarios.
e) Impulso de proyectos de investigaci贸n, publicaciones, seminarios y conferencias de sus miembros.
f) Cuantas otras actividades semejantes, en el 谩mbito de sus fines, decidan sus 贸rganos de gobierno.
Art铆culo 5. Domicilio social.
La Asociaci贸n establece su domicilio social en el Departamento de Econom铆a de la Universidad Oviedo, en Avenida del Cristo s/n, 33006 Oviedo (Espa帽a)
Art铆culo 6. 脕mbito territorial.
El 谩mbito de actuaci贸n de la Asociaci贸n es el territorio iberoamericano (incluidos a tales efectos los territorios de Espa帽a y Portugal), sin perjuicio de su participaci贸n en actividades que se desarrollen fuera del mismo, por iniciativa propia o en funci贸n de su colaboraci贸n con otras entidades.
Art铆culo 7. Idiomas.
Los idiomas oficiales de la Asociaci贸n son el Espa帽ol, el Portugu茅s y el Ingl茅s.
CAPITULO II
脫RGANOS DE LA ASOCIACI脫N
聽Art铆culo 8. 脫rganos de gobierno.
Los 贸rganos de gobierno de AIFIL son los siguientes:
- La Asamblea General.
- El Consejo de Direcci贸n.
- La Presidencia de la Asociaci贸n.
- Las Vicepresidencias de la Asociaci贸n.
- La Secretar铆a General.
- El Consejo Asesor.
Art铆culo 9. La Asamblea General.
- La Asamblea General es el 贸rgano supremo de gobierno de la Asociaci贸n y estar谩 integrada por todos sus asociados, reuni茅ndose al menos una vez al a帽o, en los t茅rminos que determine el Reglamento de Funcionamiento Interno.
- La competencia de la Asamblea General comprende cuantos asuntos se correspondan con los fines de la Asociaci贸n y, en particular:
- La reforma de los Estatutos de la Asociaci贸n y la aprobaci贸n del reglamento de funcionamiento interno.
- La elecci贸n, a propuesta del Consejo Asesor, de la candidatura que ha de organizar las Jornadas Iberoamericanas de Financiaci贸n Local a las que se refiere el art铆culo 2.2.a) de los presentes Estatutos.
- La aprobaci贸n de los presupuestos, las cuentas y cuotas, disposici贸n o enajenaci贸n de bienes, as铆 como la gesti贸n del Consejo de Direcci贸n.
- La fijaci贸n de las cuotas ordinarias o extraordinarias.
- El cambio de domicilio social.
- Los acuerdos de integraci贸n en organizaciones similares de car谩cter internacional y la ratificaci贸n de acuerdos o convenios de cooperaci贸n con otras asociaciones o entidades nacionales o extranjeras.
- La solicitud de declaraci贸n de utilidad p煤blica de la Asociaci贸n.
- La Asamblea General estar谩 presidida por quien ejerza la Presidencia de la Asociaci贸n, correspondi茅ndole la direcci贸n de los debates y el cuidado por su correcto desarrollo. De levantar acta de las sesiones y acuerdos se encargar谩 la Secretar铆a General de la Asociaci贸n.
Art铆culo 10. El Consejo de Direcci贸n.
- El Consejo de Direcci贸n es el 贸rgano de representaci贸n de la Asociaci贸n y est谩 integrado por quienes ostenten la Presidencia, Vicepresidencias y Secretar铆a General de la misma. Todos estos cargos se desempe帽an con car谩cter gratuito, pudiendo 煤nicamente quienes los detenten ser compensados por los gastos en los que incurran en el ejercicio de estos, de acuerdo con lo que disponga el Reglamento de Funcionamiento interno aprobado por la Asamblea General.
- Al Consejo de Direcci贸n corresponde la gesti贸n ordinaria de las actividades de la Asociaci贸n, as铆 como la ejecuci贸n de los acuerdos adoptados por la Asamblea General. En particular le ata帽e:
a. Velar por la gesti贸n econ贸mica y administrativa de la Asociaci贸n, supervisando las tareas de la Secretar铆a General.
b. Aprobar la admisi贸n de los nuevos asociados.
c. Formular y someter a la aprobaci贸n de la Asamblea General los balances y las cuentas anuales.
d. El nombramiento de delegados para el desarrollo de aquellas actividades que lo requieran.
e. Cualesquiera otras facultades que no sean de la exclusiva competencia de la Asamblea General.
Art铆culo 11. La Presidencia y Vicepresidencias de la Asociaci贸n.
- Ejercer谩 la Presidencia de la Asociaci贸n quien elijan sus miembros en Asamblea General por un mandato de tres a帽os, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Funcionamiento interno, dentro de una candidatura que incluir谩 tambi茅n a los candidatos a ejercer las vicepresidencias y la Secretar铆a General y s贸lo podr谩 ser reelegida una vez.
- La persona que ejerza la Presidencia representa legalmente a la Asociaci贸n ante toda clase de organismos p煤blicos o privados y dirige las sesiones de la Asamblea General y del Consejo de Direcci贸n. Quienes desempe帽en las Vicepresidencias auxiliar谩n a la anterior, supli茅ndola cuando sea necesario.
- El cese en la Presidencia o Vicepresidencia antes de la extinci贸n de sus mandatos, podr谩 tener lugar por las siguientes causas:
a) Dimisi贸n voluntaria formulada por escrito.
b) Enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo.
c) Causar baja como miembro de la Asociaci贸n.
d) Por acuerdo expreso de la Asamblea General.
e) Las vacantes que se produzcan en los 贸rganos de representaci贸n se cubrir谩n en la primera Asamblea General que se celebre. No obstante, el 贸rgano de representaci贸n podr谩 contar, provisionalmente, hasta la pr贸xima Asamblea General, con un miembro de la Asociaci贸n para el cargo vacante.
Art铆culo 12. La Secretar铆a General.
- De las tareas administrativas y econ贸micas ordinarias, llevanza del registro de asociados y archivos de la Asociaci贸n, as铆 como el desempe帽o de las funciones que le sean delegadas por la Presidencia o el Consejo de Direcci贸n, se encargar谩 quien ejerza la Secretar铆a General.
- Las causas de cese de quien ejerza la Secretar铆a General ser谩n las mismas que las establecidas para el cese de quien ejerza la Presidencia y las Vicepresidencias.
Art铆culo 13. El Consejo Asesor.
El Consejo Asesor de la Asociaci贸n estar谩 compuesto por los asociados promotores y aquellos que hayan ejercido previamente la Presidencia, Vicepresidencia o Secretar铆a General, y no ser谩 retribuido. Se encargar谩 de asesorar cuantos asuntos le someta a su consideraci贸n el Consejo de Direcci贸n o la Asamblea General de la Asociaci贸n, propondr谩 a la Asamblea General la candidatura que ha de organizar las Jornadas Iberoamericanas de Financiaci贸n Local y desarrollar谩 sus actividades con arreglo a lo que determine el reglamento de funcionamiento Interno
CAPITULO III
ASOCIADOS Y MIEMBROS HONORARIOS
Art铆culo 14. De los Asociados y sus clases.
- La Asociaci贸n se compone de asociados promotores, asociados de n煤mero y asociados institucionales.
- Los asociados promotores figuran en el acta constitutiva fundacional de la Asociaci贸n y tienen las mismas obligaciones y derechos que los restantes.
- Podr谩n pertenecer como asociados de n煤mero, entre otros, profesores universitarios, funcionarios p煤blicos, investigadores de organismos internacionales y, en general, todas aquellas personas que suscriban los fines de la Asociaci贸n. Las solicitudes de admisi贸n ser谩n dirigidas a y aprobadas por el Consejo de Direcci贸n.
- Podr谩n pertenecer como asociados institucionales, aquellas organizaciones, centros de investigaci贸n, empresas y dem谩s instituciones cuyos fines coincidan con los de la Asociaci贸n que soliciten motivadamente su ingreso y cuya candidatura sea aprobada por el Consejo de Direcci贸n.
- La condici贸n de asociado se alcanza una vez haya sido ingresada la cuota anual en la cuenta de la Asociaci贸n.
- Dicha condici贸n se perder谩 por simple comunicaci贸n de baja del interesado y por falta de pago de las cuotas de tres anualidades. En caso de que la conducta de un asociado comprometa gravemente los intereses de la Asociaci贸n, quien ejerza la Presidencia podr谩 suspender su condici贸n de asociado. Esta decisi贸n podr谩 ser recurrida ante la Asamblea General.
Art铆culo 15. Derechos y deberes de los asociados.
- Los asociados promotores y de n煤mero tienen el derecho de:
a) Participar en las diferentes actividades que realice la Asociaci贸n, colaborando en su organizaci贸n y desarrollo, en el marco de lo dispuesto en el Reglamento de R茅gimen Interno.
b) Asistir a las Jornadas Iberoamericanas de Financiaci贸n Local y a la Asamblea anual, as铆 como a cualquier otra reuni贸n convocada estatutariamente.
c) Utilizar como filiaci贸n el t铆tulo de investigador asociado de AIFIL en las condiciones que establezca el Reglamento de R茅gimen Interno
d) Elegir y ser elegido para los 贸rganos de la Asociaci贸n.
e) Ser informados anualmente del funcionamiento de la Asociaci贸n y, especialmente, de su estado financiero.
- Los asociados institucionales tienen los mismos derechos y deberes que los asociados promotores y de n煤mero, si bien en su caso ser谩n ejercidos mediante representante nombrado al efecto.
Art铆culo 16. De los miembros honorarios.
- El Consejo de Direcci贸n podr谩 proponer a la Asamblea General el nombramiento de miembros honorarios de la Asociaci贸n para acad茅micos y/o profesionales de reconocido prestigio en las 谩reas de inter茅s de la misma.
- Los miembros honorarios estar谩n exentos de satisfacer cuota alguna, no participar谩n en los 贸rganos de decisi贸n y pasar谩n a formar parte de un Consejo Acad茅mico, cuya misi贸n ser谩 apoyar al Consejo de Direcci贸n en la orientaci贸n de las actividades acad茅micas tendentes a cubrir los objetivos estatutarios de la Asociaci贸n.
CAP脥TULO IV
FINANCIACI脫N, CONTABILIDAD Y DOCUMENTACI脫N
Art铆culo 17. Patrimonio inicial y recursos econ贸micos.
- La Asociaci贸n tiene un patrimonio inicial de 1.200 euros, aportados por los asociados promotores y para el cumplimiento de sus fines contar谩 con los siguientes recursos econ贸micos:
a) Las cuotas anuales de los asociados, en la cuant铆a que fije la Asamblea General.
b) Las subvenciones, donativos, herencias y legados que pudiera recibir.
c) Los ingresos procedentes de contratos de patrocinio o similares.
e) Las rentas que pueda obtener de su futuro patrimonio.
f) Los remanentes derivados de las actividades propias de la Asociaci贸n, salvo que por disposici贸n legal pertenezcan a las Universidades organizadoras de los eventos.
- El presupuesto de la Asociaci贸n tendr谩 car谩cter anual. El cierre del ejercicio asociativo ser谩 a 31 de diciembre.
- Cada a帽o se formular谩 un balance de las cuentas que ser谩 sometido a la aprobaci贸n de la Asamblea General.
Art铆culo 18. Obligaciones documentales y contables.
La Asociaci贸n dispondr谩 de una relaci贸n actualizada de asociados. Asimismo, llevar谩 una contabilidad donde quedar谩 reflejada la imagen fiel del patrimonio, los resultados, la situaci贸n financiera y las actividades realizadas. Tambi茅n dispondr谩 de un inventario actualizado de sus bienes. El Libro de Actas registrar谩 los acuerdos de las reuniones que celebren sus 贸rganos de gobierno y representaci贸n.
CAPITULO V
MODIFICACI脫N DE LOS ESTATUTOS Y DISOLUCI脫N DE LA ASOCIACI脫N聽
Art铆culo 19. Modificaci贸n de los Estatutos.
Los presentes Estatutos podr谩n ser modificados por la Asamblea General cuando sea convocada especialmente al efecto. Constituida la Asamblea, la modificaci贸n exige que est茅n presentes o representados al menos la mitad de los asociados de n煤mero y el voto favorable de las dos terceras partes de los votos emitidos.
Art铆culo 20. Disoluci贸n de la Asociaci贸n.
- La Asociaci贸n se disolver谩 cuando lo acuerden, reunidos en Asamblea General convocada especialmente para este fin, las dos terceras partes de los asociados de n煤mero presentes y que se correspondan al menos con la mitad de los miembros de la Asociaci贸n.
- En caso de disoluci贸n, la Asamblea General nombrar谩 una comisi贸n encargada de liquidar y distribuir el patrimonio, si lo hubiera, entre instituciones no lucrativas de fines semejantes o, alternativamente, organizaciones ben茅ficas reconocidas como tales. Los liquidadores tendr谩n las funciones que establecen los apartados 3 y 4 del art铆culo 18 de la Ley Org谩nica 1/2002 de 22 de marzo.
Decargar PDF: Estatutos AIFIL (2021)_ESP